XLII. Además, la Comisión Estatal de Derechos Humanos deberá hacer pública, en Internet, la siguiente información:
- Las recomendaciones enviadas, su destinatario y el estado que guarda su atención;
- Los recursos de queja e impugnación, el estado procesal en que se encuentran y, en el caso de los expedientes concluidos, el concepto por el cual llegaron a ese estado;
toda esta información por destinatario de la recomendación; y - Las estadísticas sobre las denuncias presentadas que permitan identificar el género de la víctima, su ubicación geográfica, edad y el tipo de queja;
Obligación: No Aplica