Es el acto mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, adoptante y adoptado, de tal forma que genera los mismos deberes, derechos y obligaciones como si fueran padres e hijos biológicos.
Se prevé un único régimen de adopciones, el cual confiere al adoptado los apellidos de los adoptantes; el parentesco que de la adopción resulte, se amplía a toda la familia del adoptante, como si el adoptado fuera un hijo biológico.
¿Qué es la Adopción Internacional?
Es aquella promovida por ciudadanos de otro país, con residencia habitual fuera del territorio nacional y se regirá por la Convención Sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional y por los Tratados Internacionales de la materia que México suscriba y ratifique.
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