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XVI. El inventario de bienes inmuebles en propiedad o posesión de los entes obligados. Dicho inventario incluirá:
- Dirección de los inmuebles;
- Régimen de propiedad;
- Nombre, domicilio o razón social del arrendador o comodante, según sea el caso;
- Valor catastral; y
- Cualquier otro dato que se considere de interés público.
Obligación: Aplica.